Sistema de Información del Desarrollo Social


PROGRAMA FONDOS COMUNITARIOS PARA EL DESARROLLO RURAL EQUITATIVO Y SUSTENTABLE (FOCOMDES)

Publicado en la Gaceta Oficial del Ciudad de México el 31 de Enero de 2007

Publicado en la Gaceta Oficial del Ciudad de México el 31 de Enero de 2007

MARTHA TERESA DELGADO PERALTA, Secretaria del Medio Ambiente del Ciudad de México, con fundamento en los artículos 87 y 115 del Estatuto de Gobierno del Ciudad de México; 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Ciudad de México, 32 y 33 de la Ley de Desarrollo Social del Ciudad de México, 7 fracción IV numeral 5 y 56 Ter del Reglamento Interior de la Administración Pública del Ciudad de México y numeral 1 del Artículo Vigésimo Primero Transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2007, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del Artículo Vigésimo Primero Transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2007, con relación al ejercicio de los recursos, al denominado gasto social de la Jefatura de Gobierno del Ciudad de México se deberá observar la publicación en la Gaceta Oficial del Ciudad de México las reglas de operación de los diferentes programas del desarrollo social, las cuales deberán contener las normas y los criterios mediante los cuales se darán los apoyos a los beneficiarios de los programas, la Secretaría del Medio Ambiente del Ciudad de México establece los lineamientos y mecanismos de operación del:

PROGRAMA FONDOS COMUNITARIOS PARA EL DESARROLLO RURAL EQUITATIVO Y SUSTENTABLE
(FOCOMDES)

INTRODUCCIÓN.- El Programa de Fondos Comunitarios para el Desarrollo Rural Equitativo y Sustentable, tiene como fin asegurar la conservación de las zonas de cultivo y boscosas del Ciudad de México y la permanencia de los servicios ambientales que aportan a la ciudad, a través de la aportación a los productores rurales, ejidos, comunidades y sociedades de producción, usufructuarios legales del Suelo de Conservación de apoyos económicos en programas de inversión de conservación, vigilancia y restauración ambiental y de producción sustentable. Así como retribuir a los propietarios de los terrenos dedicados a la producción agropecuaria, producción forestal, ecoturismo, conservación, vigilancia y restauración de los recursos naturales, por la protección y mejoramiento de servicios ambientales, siendo el área responsable la Dirección General de la Comisión de Recursos Naturales y Desarrollo Rural.

1. LÍNEAS DE APOYO

Los apoyos estarán dirigidos a actividades productivas y de conservación de los recursos naturales tales como:

I. Vigilancia y conservación de las áreas decretadas con alguna figura de protección en los ejidos y comunidades del Suelo de Conservación.

II. Vigilancia y protección de los recursos naturales en Suelo de Conservación.

III. Restauración ecológica de las zonas degradadas en el Suelo de Conservación.

IV. Promoción y realización de proyectos productivos que aprovechen de manera sustentable los recursos naturales

V. Fomento de la agricultura sustentable.

VI. Fomento de la comercialización de los productos agropecuarios y artesanales del Suelo de Conservación.

VII. Cuidado, conservación y fomento a la Chinampa

VIII. Fomento, regulación y control de la actividad pecuaria mediante acciones que reduzcan sus impactos negativos al medio ambiente y eviten el deterioro de los recursos naturales.

IX. Prevención y combate de incendios forestales

X. Fomento de las actividades ecoturísticas

XI. Fomento de las actividades de conservación de suelo y agua.

XII. Acciones para evitar el cambio de uso de suelo.

2. REGLAS PARA LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS

2.1. Políticas

2.1.1. Beneficiarios

a) Podrán ser beneficiarios del FOCOMDES los productores rurales, ejidos, comunidades, sociedades de producción y usufructuarios legales del Suelo de Conservación que lleven a cabo Programas de Inversión en una o varias de las siguientes líneas de acción, referidas en el capítulo anterior.

b) Las personas interesadas deberán estar organizadas con anterioridad a la presentación de su solicitud, debiendo contar con la anuencia de cada uno de los integrantes para realizar el Programa de Inversión de que se trate.

c) Los interesados deben aceptar de manera corresponsable e invariable el desempeño de sus cargos y garantizar el cumplimiento de los compromisos que se deriven de su incorporación al FOCOMDES.

d) Aportar a su trabajo recursos económicos o de otra especie que sean necesarios para la ejecución de su proyecto y en el caso de las segundas y terceras solicitudes garantizar el capital que adelante se indica.

e) Las sociedades de producción, ejidos, comunidades que se organicen para la obtención de un recurso FOCOMDES deberán contar con no menos de cinco integrantes que preferentemente cuenten con experiencia comprobada en la materia objeto del Programa de Inversión.

2.1.2. Bienes.

Los bienes que se adquieran con el recurso de FOCOMDES pasaran a formar parte de los bienes de la comunidad o ejido, o de la organización de que se trata, y una vez adquiridos sólo podrán utilizarse para desarrollar las actividades propias del proyecto que originaron su adquisición.

2.1.3. Áreas de Atención

a) El FOCOMDES se aplicará en el territorio del Ciudad de México clasificado como Suelo de Conservación Ecológica y dentro de las Delegaciones Xochimilco, Tlálpan, Tláhuac, Milpa Alta, Magdalena Contreras, Cuajimalpa y Álvaro Obregón, y atenderá a los productores rurales, ejidos, comunidades que realicen las siguientes actividades productivas:

  • Agrícolas
  • Pecuarias
  • Acuícolas
  • Ecoturísticas
  • Forestales
  • De conservación, vigilancia y restauración de los recursos naturales

Estas actividades serán apoyadas en su fase de producción, comercialización, transformación de los productos del campo como proceso de integración, mejoramiento y construcción de instalaciones, mejoramiento y manejo integral en el Suelo de Conservación, capacitación, asesoría técnica, formulación de proyectos y estudios de impacto ambiental, y servicios ambientales.

b) De éstas se considerarán prioritarias la conservación, vigilancia y restauración de los recursos naturales, agricultura ecológica, plantaciones agroforestales, ordenamiento de la ganadería y ecoturismo.

c) Las solicitudes de las actividades señaladas en el inciso b, se les dará prioridad sobre el resto del total de solicitudes presentadas.

d) Quedan excluidas aquellas fases que violenten las leyes y ordenamiento en la materia.

e) La incorporación al FOCOMDES no será limitativa para que los productores rurales, ejidos, comunidades, sociedades de producción y usufructuarios legales del Suelo de Conservación puedan beneficiarse con recursos adicionales provenientes de otros programas e instrumentos de financiamiento promovidos por los gobiernos local o federal.

f) La atención de las solicitudes que se reciban, se sujetará a la suficiencia de recursos que exista, esto es a los techos financieros por Delegación y –Unidad Territorial, así como a las transferencias que para la óptima aplicación del FOCOMDES se requieran, esta información deberá establecerse con anticipación al Ejercicio Fiscal de que se trate.

2.1.4 Requisitos Documentales.

Los solicitantes interesados en participar en FOCOMDES, deberán proporcionar en la Ventanilla Única la siguiente documentación:

1. Solicitud de Apoyo

2. Documentación de la Organización

  • Grupos de Trabajo. Acta Constitutiva avalada por alguna autoridad de representación popular.
  • Figuras Legales Acta Constitutiva y Registro
  • Identificación oficial de cada miembro de la organización y comprobante de domicilio

3. Programa de Inversión.

  • Acta de Asamblea con aprobación del Programa de Inversión y otorgamiento o ratificación de Poderes
  • Poder para Actos de Administración y de Dominio
  • Programa de Inversión, suscrito por cada integrante y manifestación de adhesión al mismo.

4. Del inmueble objeto del apoyo.

Demostrar la posesión pacífica de bienes inmuebles en los que se desarrollará el Proyecto (GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 31 de enero de 2007)

5. Manejo de Recursos.

  • Copia de Contrato de Apertura de Cuenta mancomunada en el cual se registren por lo menos dos integrantes de la organización.

6. Apoyos por Segunda vez. A excepción de plantaciones agroforestales, turismo alternativo, líneas que determine el Comité adicionalmente a los requisitos anteriores, deberá entregarse:

  • a) Acta de Finiquito con Evaluación Positiva por parte de la Coordinación Regional que corresponda.
  • b) Cuenta de cheques mancomunada con inversión fresca (aportación directa o recuperación de apoyos) en las siguientes proporciones:
  • .....2ª vez 30%
  • .....3ª vez 50 %
  • c) Organizaciones no agrarias, documentación de constitución y registro, solo si durante la operación del primer Proyecto formalizaron su operación. Adicionalmente, la DGCORNADER, durante el Desarrollo del Proyecto podrá formular observaciones y requerir en su caso la documentación soporte y complementaria previo a la autorización de entrega del recurso.

2.2. Mecanismo de Asignación de Recursos.

a) La operación del FOCOMDES estará a cargo de la Secretaría, a través de la Dirección General de la Comisión de Recursos Naturales y Desarrollo Rural.

b) La DGCORENADER establecerá los mecanismos de difusión del presente programa en forma oportuna dentro de las delegaciones consideradas para su aplicación y a través de las Coordinaciones de los Centros Regionales.

c) Las solicitudes que cumplan con las características anteriores y cuenten los requisitos documentales, deberán presentarse en las fechas establecidas en la Ventanilla Únicas De Atención, instaladas en las Coordinaciones de los Centros Regionales para la Conservación de los Recursos Naturales y Desarrollo Rural.

d) Previamente evaluadas por la Coordinación Regional que corresponda, las solicitudes que cuenten con Dictamen Positivo, serán remitidas a la Secretaría Técnica del Comité de Asignación de Recursos de la DGCORENADER, para su exposición y en su caso aprobación.

e) Los Proyectos aprobados por el Comité de Asignación de Recursos de la DGCORENADER, podrán recibir recursos a través de la Secretaría con cargo al Fondo Ambiental Público, dentro del capítulo 4000, (ayudas y subsidios) previa suscripción del Convenio de Concertación de Acciones.

f) El Director General de la Comisión de Recursos Naturales y Desarrollo Rural, realizará los trámites correspondientes ante la Dirección General de Administración de la Secretaría para la apertura de la cuenta bancaria, en donde el Fondo Ambiental Público del Ciudad de México depositará los recursos correspondientes a los programas de inversión aprobados y establecerá el calendario para la entrega de los mismos en un Evento Público.

3. VIGENCIA

El presente Programa entrará en vigor a partir de la Fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Ciudad de México. La Secretaría evaluará anualmente el cumplimiento de las metas y objetivos del FOCOMDES, de conformidad con la normatividad aplicable y los resultados que arroje esta evaluación determinará la actualización de los montos asignados y normas para la aplicación de recursos del presente Programa. No obstante lo anterior, el presente Programa deberá ser ratificado cada dos años.

4. DEFINICIONES

Para los efectos del Programa de Fondos Comunitarios para el Desarrollo Rural Equitativo y Sustentable se entenderá por:

AGRICULTURA ECOLÓGICA: La forma de producción agropecuaria que prescinde d la utilización de agroquímicos sintéticos, plaguicidas, organismos genéticamente modificados, buscando sustituirlos en lo posible por productos biodegradables y ecológicos y adoptar prácticas ambientalmente amigables, con la intención de recuperar y conservar los suelos, disminuir la contaminación de las aguas, promover la diversificación de cultivos, el cuidado y conservación de los recursos naturales.

FIGURAS LEGALES.- Las Sociedades Productivas que hayan sido constituidas bajo alguna de las figuras previstas en la legislación, civil, mercantil ó agraria, tales como (sociedades de producción rural, asociaciones rurales de interés colectivo, sociedades de solidaridad social, sociedades cooperativas, Sociedad en nombre colectivo, en comandita simple, de responsabilidad limitada, sociedad anónima, en comandita, etc.)

FOCOMDES: El Programa de Fondos Comunitarios para el Desarrollo Rural Equitativo y Sustentable.

LÍNEAS DE ACCIÓN: Las actividades productivas y de conservación de los recursos naturales objeto de atención del FOCOMDES, numeradas en el artículo 5 de la Ley Ley para la Retribución por la Protección de los Servicios Ambientales del Suelo de Conservación en el Ciudad de México.

ORDENAMIENTO GANADERO: Al establecimiento de praderas artificiales con pastos específicos para la alimentación de ganado, así como la estabulación del mismo.

PROGRAMA DE INVERSIÓN: El Plan de Aplicación de Recursos Financieros, en el que se identifican, jerarquizan y planifican, las acciones, obras y actividades objeto de atención del FOCOMDES.

RECONVERSIÓN PRODUCTIVA: La sustitución de cultivos anuales por perennes, a través del establecimiento de plantaciones forestales comerciales maderables, no maderables y mixtas, con el objeto de aumentar la cobertura vegetal en el Suelo de Conservación mediante la creación de una zona de amortiguamiento agroforestal.

RETRIBUCIONES: Las aportaciones económicas que realiza el Gobierno del Ciudad de México a los ejidos, y comunidades que llevan a cabo un programa de inversión en conservación, vigilancia y restauración ambiental o en producción sustentable.

SECRETARÍA: La Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal.

TURISMO ALTERNATIVO: La actividad que busca establecer sitios de recreación y esparcimiento que armonicen con los escenarios naturales del entorno rural y proponer la práctica de actividades que propicien el conocimiento de la diversidad biológica que alberga una zona, la creación de una conciencia ambiental y la conservación de la cultura y el medio.

USUFRUCTUARIOS LEGALES.- Aquellos que por medio de algún título, contrato o concesión, usen y gocen de un predio o inmueble apropiado para desarrollar actividades productivas, agrícolas, pecuarias, acuícolas, ecoturísticas, forestales, de conservación, vigilancia y restauración de los recursos naturales