Sistema de Información del Desarrollo Social


Apoyo a Madres Solteras Jefas de Familia

Publicado en la Gaceta Oficial del Ciudad de México el 31 de Enero de 2007

A. Área responsable del Programa

La Coordinación Ejecutiva de Equidad Social

B. Objetivos y alcances

Brindar apoyo económico mensual a las mujeres que son madres solteras y jefas de familia que tengan a su cargo hijos menores de edad.

C. Metas Físicas

Otorgar 2,700 apoyos económicos mensuales durante el ejercicio fiscal 2007.

D. Programación Presupuestal

Para este Programa se tienen destinados $ 8,197,200.00 para el 2007 los cuales se aplicarán a la partida 4105 ”Ayudas Sociales y Culturales”.

E. Requisitos y procedimientos de acceso

A las ciudadanas solicitantes del “Programa de Apoyo a Madres Solteras Jefas de Familia” se les aplicará un estudio socioeconómico mediante visita domiciliaria para conocer si reúnen los requisitos para integrarse al Programa antes mencionado; asimismo, deberán cubrir los siguientes requisitos:

1.- Residir en la Delegación Azcapotzalco y comprobar residencia mínima de 5 años en la demarcación.
2.- Tener hijos menores de edad que se encuentren estudiando y que dependan económicamente de la madre.
3.- No tener pareja que habite en el mismo domicilio.
4.- Entregar, en caso de haber sido autorizado el estudio socioeconómico, los siguientes documentos: copia del Acta de nacimiento de la solicitante y del o los hijos menores dependientes, copia del comprobante de domicilio y constancia original del Juzgado Cívico de que el o los menores dependen económicamente exclusivamente de la solicitante.

Procedimiento

Las solicitantes deberán realizar su petición en el Módulo de Recepción de la Coordinación Ejecutiva de Equidad Social, ubicado en la planta baja del Edificio de Gobierno Delegacional, de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 21:00 horas; o, en su defecto, presentar escrito dirigido al Jefe Delegacional en Azcapotzalco, Lic. Alejandro Carbajal González, e ingresarlo por la Coordinación del CESAC (Centro de Servicios y Atención Ciudadana).

F. Procedimiento de queja e inconformidad ciudadana

En caso de existir alguna queja o inconformidad ciudadana, ésta deberá presentarse por escrito dirigida al titular de la demarcación e ingresarla a través de la Coordinación del CESAC.

La Coordinación del CESAC, a su vez, enviará el escrito a la Coordinación Ejecutiva de Equidad Social, la cual analizará y determinará las acciones a implementar para subsanar o aclarar la queja y/o inconformidad.

G. Mecanismo de exigibilidad

Los ciudadanos podrán presentar sus quejas o inconformidades ante la Procuraduría Social del Ciudad de México, por considerarse indebidamente excluidos de los programas sociales o por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas.

De igual forma podrán registrar su queja o inconformidad a través del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL), quien deberá turnarlas a la Procuraduría Social para su debida investigación y, en su caso, a la instancia correspondiente.

H. Mecanismos de evaluación e indicadores

Para evaluar este Programa se elaborarán informes trimestrales que deberán ser incluidos en la Carpeta del Comité de Control y Evaluación (COCOE) donde se especificarán las Metas Físicas programadas así como los recursos aplicados y los avances respectivos.

Notas generales

“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”