4. REHILETE
Programa de becas a estudiantes de nivel primaria
A. Entidad responsable del Programa Social
Dirección General de Desarrollo Social, dependiente de la Delegación Álvaro Obregón.
B. Objetivos y Alcances
Coadyuvar a las familias que viven en la Delegación Álvaro Obregón, y cuenten con escasa capacidad económica, con el propósito de contribuir a mejorar sus niveles de bienestar y por lo tanto bajar los riesgos de la deserción escolar mediante el otorgamiento de becas a los alumnos de primaria, así como vincular a las familias marginadas con los servicios y programas de desarrollo social con los que cuenta esta Delegación Política, con el propósito de elevar su nivel de ingresos, mejorar sus hábitos educativos; además de crearles hábitos para que asistan a los servicios de salud y fomentar el autocuidado en las familias, para prevenir enfermedades.
C. Metas Físicas
Otorgar 619 becas durante el ejercicio fiscal 2007.
D. Programación Presupuestal
Partida 4104, becas
E. Requisitos y procedimientos de acceso
Requisitos
1.- Tener escasa capacidad económica.
2.- Estar inscritos en alguna de las 95 primarias públicas de la
Delegación.
3.- Mantener un buen desempeño escolar, promedio de 8.0.
4.- No ser beneficiarios de otros programas similares
5.- Presentar su petición ante CESAC.
6.- Ser habitante de esta Delegación.
Procedimiento de acceso
La Dirección General de Desarrollo Social, a través de la Oficina de Becas publica la convocatoria con las bases para los alumnos de primaria que aspiren a obtener una Beca del Programa Rehilete. La convocatoria indica las condiciones que deben satisfacer los aspirantes, describe el proceso de selección e indica qué documentos deben presentar los becarios para poder ser seleccionados, y cuáles son las reglas de permanencia.
F. Procedimientos de instrumentación
Para la integración del Padrón de beneficiarios de la beca y el pago de la misma, se lleva a cabo a través del siguiente Procedimiento.
Sorteo
La asignación de los lugares consta de dos etapas, una es el resultado que se obtenga en el estudio socioeconómico y la segunda mediante la evaluación del Comité de Selección.
Resultados
El listado de los candidatos seleccionados será colocado afuera de la oficina de Becas, para consulta de todo el público.
Inscripción
Los documentos que deben presentar los aspirantes seleccionados son los
siguientes:
1.- Original y Fotocopia del Acta de Nacimiento del menor
2.- Original y Fotocopia por ambos lados de la Boleta de Calificaciones
del ciclo escolar correspondiente, en su caso Constancia de Estudios debidamente
sellada y firmada por el director (a) de la escuela.
3.- Copia del exámen médico que solicita anualmente la SEP.
4.- Dos fotografías recientes tamaño infantil a color o en
blanco y negro del menor.
5.- Copia por ambos lados de identificación oficial del Padre o
Tutor y de otra persona autorizada para el cobro de la Beca.
6.- Copia del comprobante de domicilio actual (Predio, Agua, o Teléfono).
7.-Copia del Comprobante de Ingresos o en su caso Carta Responsiva
de no percepción de ingresos fijos o variables, de la actividad
que desempeña.
Restricciones
El registro del aspirante no garantiza la obtención de la beca,
sino exclusivamente el derecho a participar en el Sorteo.
El trámite quedará cancelado en el caso de detección
de falsedad de información, en cualquier etapa del proceso de selección
y sin posibilidad de permanencia en el programa.
En caso de no presentar la documentación requerida en tiempo y forma,
se entenderá que renuncia a los derechos de su demanda ciudadana.
Realizar la primera parte del trámite, no implica necesariamente
el otorgamiento de la beca.
Las demandas que no hayan sido seleccionadas serán puestas en lista
de espera, de un modo que sean los primeros candidatos en ingresar en caso
de una baja o de ampliación del programa.
G. Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana
Procedimientos de Queja
Procede la queja ciudadana, en contra de los actos de los servidores públicos
que en ejercicio de sus funciones, incurran en faltas de probidad. (Art.
47 fracciones I y V de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores
Públicos LFRSP). La interposición de la queja se debe presentar
ante la Contraloría Interna de la Delegación Álvaro
Obregón, por escrito o de manera verbal. (Arts. 113 fracción
XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del
DF, 49 y 60 de la LFRSP).
Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada
a fin de ratificar su dicho.
Admitida la queja, se da inicio a un procedimiento administrativo,
que seguido en forma de juicio tendrá una resolución, la
cual puede ser sancionadora para el servidor público que incurrió en
responsabilidad.
Asimismo, el interesado podrá llevar a cabo lo establecido en el
Artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el
Ciudad de México.
H. Mecanismos de exigibilidad
De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la persona que se considere indebidamente excluida de este Programa social podrá llevar a cabo ante la Procuraduría Social del Ciudad de México, o a través del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) de conformidad con los artículos 72 y 73 del citado Reglamento.
I. Mecanismos de evaluación e indicadores
El Comité de Selección será el responsable de aplicar y supervisar el
desarrollo del Programa REHILETE, así como de verificar el cumplimiento
de los presentes Lineamientos y Mecanismos de Operación.
Cuando así lo requiera algún caso en particular, el Comité de Selección
considerará la situación de vulnerabilidad y autorizará el otorgamiento
de los apoyos. Por otra parte
se llevará a cabo una auditoria del cumplimiento de programas.