APOYO ESCOLAR, BECAS
Programa: 11 00 49 Administración pública Apoyo Escolar, Becas
Entidad: Ciudad de México
Dependencia: Jefatura de Unidad Departamental de Enlace Social perteneciente a la Dirección de Desarrollo Humano de la Dirección General de Desarrollo Social y Participación Ciudadana en la Delegación Benito Juárez.
Objetivo. Ofrecer una alternativa a los niños con escasos recursos económicos que estudien en escuelas oficiales de nivel primaria de la Delegación Benito Juárez, con el fin de que concluyan la instrucción primaria, a través de la entrega de un estímulo económico y una despensa mensual.
Alcances: Evitar la deserción escolar y así estimular su avance académico, además de integrar a los Padres de Familia a la Escuela para Padres, lo que les permite mejorar el aprendizaje de sus hijos.
Otorgar 133 becas; que consisten en un cheque mensual por $250.00 y una despensa por un valor aproximado de $150.00. (Consistente en 1 Lt. de aceite, 1 Kg. de azúcar, 1 Kg. de frijoles, 2 Kg. de arroz, 1 bolsa de chocolate de 400 grs., 1 Kg. de lenteja, 2 paquetes de sopa de pasta de 200 grs., 1 bolsa de leche en polvo de 500 grs., 2 bolsas de gelatina de agua en polvo de 200 grs.)
Partida 4104 Becas y 4105 Ayudas Culturales y Sociales
1 Conformación del Comité de Apoyo Escolar por el Director(a) de la Escuela y los Padres de Familia becados, quienes eligen de entre ellos a un Presidente, Secretario y tres vocales que los representarán ante el Comité.
2 La JUD de Enlace Social recibe las propuestas para nuevas becas y las canaliza a la JUD de Servicios Sociales para que les realicen a cada familia un estudio socio-económico.
3 La JUD de Enlace Social recibe los estudios socioeconómicos y decide la asignación de las becas conforme a los siguientes criterios:
4 Se les informa por medio de oficio a los alumnos solicitantes que realizaron la petición de la beca si se les otorga o no dicho beneficio.
Procede la queja ciudadana, en contra de los actos de los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones, incurran en faltas de probidad. (Art. 47 fracciones I y V de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos LFRSP). La interposición de la queja se debe presentar ante la Contraloría Interna de la Delegación Benito Juárez, por escrito o de manera verbal. (Arts. 113 fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del DF, 49 y 60 de la LFRSP). Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho. Admitida la queja, se da inicio a un procedimiento administrativo, que seguido en forma de juicio tendrá una resolución, la cual puede ser sancionadora para el servidor público que incurrió en responsabilidad.
Asimismo, el interesado podrá llevar a cabo lo establecido en el Artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Ciudad de México.
El proceso para el otorgamiento de las Becas será evaluado por el Órgano Interno de Control de la Delegación en los siguientes rubros: Integración del Padrón de Beneficiarios de Becas, Integración de Expedientes y Liberación de recursos para el pago del apoyo.
Los Comités de Apoyo Escolar sesionan 2 veces en el periodo de Enero-Junio, teniendo las siguientes funciones: